Posteado por: tucidides | 27 marzo 2010

Qué hacer si te arrestan en las uvitas o por ahí…

Ante los arrestos de hombres teniendo sexo con hombres en lugares públicos y ante la realidad de que todos los casos de este tipo se caen en los tribunales al ser violaciones de derechos civiles, hay que saber qué hacer si uno se encuentra en esta situación.

Como un servicio a las comunidades lésbica, gay, bisexual y transgénero (LGBT), el compañero Javer Collazo Justiniano se dió la tarea de traducir y criollizar el “Little Black Book” de la organización Lambda Legal:http://www.lambdalegal.org/take-action/tool-kits/little-black-book/little-black-book.html.

Si ligas por los parques, baños, playas u otros lugares públicos, responde a tus instintos, permanece atento a tus alrededores y conoce tus derechos. Lambda Legal y otros grupos luchan contra el acoso y el maltrato de la policía contra hombres que tienen relaciones sexuales con otros hombres. El acto sexual podría conllevar a tu arresto, difamación y otras consecuencias graves. Si no te sientes seguro, vete de allí.

LIGA CON CUIDADO. Lleva siempre una identificación (licencia de conducir, tarjeta de residencia o pasaporte) en caso de que te hagan daño o seas arrestado, pues mostrarla reduciría el riesgo de encarcelamiento, sobre todo si no tienes antecedentes criminales. Si un policía te detiene, es posible que te dé una citación en vez de arrestarte y luego permita marcharte.

Acuérdate de que los policías encubiertos también pueden estar «ligando» para arrestarte. El policía no tiene la obligación de admitírtelo, aunque se lo preguntes. Si un policía encubierto trata de conquistarte, tus acciones pueden constar como actos delictivos. No cuentes con la posibilidad de probar en el tribunal que te puso una «trampa» puesto que es muy difícil de probar. Consulta un abogado si crees que te han señalado.

Asegúarte de que la persona con quien te lígues sea mayor de edad. El acto sexual con menores de edad es un crimen grave.

Ten en cuenta que muchas leyes se pueden usar contra ti. Gracias a una victoria de Lambda Legal en el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, todas las leyes que prohibían los actos sexuales consentidos en privado han sido eliminadas. Sin embargo, otras leyes, como las que se oponen al sexo público, las leyes contra el adulterio y la prostitución, o las que se oponen a la transmisión criminal del VIH, todavía pueden usarse contra ti.

Ten cuidado. Protégete y a los demás contra el riesgo de contraer el VIH y otras enfermedades. Permanece atento a tus alrededores ante la posibilidad de que te golpeen o te asalten.

Si ligas por internet, avisa a alguien tus planes con anticipación. Dile a dónde vas, de la persona con quien sales, y cuándo piensas regresar; o bien escribe una nota en tu computadora con esta información.

SI TE ARRESTAN. Guarda la calma. Muestra tu identificación sin responder a ninguna pregunta en la ausencia de un abogado.

Todo lo que digas se puede usar contra ti. Trata de recordar los detalles relativos a tu arresto:

– todo lo que tú o los oficiales dijeron o hicieron antes, durante y después del arresto.

– los nombres, números de placa y descripción de los oficiales que estaban presentes.

– los detalles del lugar donde tú y los oficiales estuvieran situados.

– los nombres y descripciones de cualquier otra persona que estuviera presente.

Pide un abogado. No tomes ninguna decisión sin antes consultar a un abogado. Los peores errores se cometen por pánico, por intentar resolver el asunto rápidamente; por «confesar», intentar disculparse verbalmente o por abogar por sí mismo. Si no eres ciudadano de los Estados Unidos, habla con un abogado cuanto antes posible. Un acuerdo de culpabilidad puede afectar tus posibilidades de hacerte ciudadano o ponerte en riesgo de ser repatriado. Si no puedes pagar un abogado, tienes derecho a un abogado del pueblo sin costo alguno. Solicítalo antes de hacer cualquier declaración en la policía o en el tribunal: es tu derecho.

Búscate un buen abogado si no aún no cuentas con uno. Tu abogado debe ser de defensa criminal, que entiende las leyes y el sistema judicial del lugar donde ocurrió el arresto.

Escríbelo todo. Escribe todos los detalles lo más rápido posible y compártelos sólo con tu abogado. Pregúntale con quién más puedes hablar en confianza.

Conoce tus opciones legales. Asegúrate de entender los cargos y discute todas las consecuencias posibles con tu abogado, incluyendo las aquéllas de cualquier convicción o acuerdo de culpabilidad que podrían ser:

– una multa o encarcelación

– pérdida legal de propiedad(es)

– tener que registrarte como un «delincuente sexual»

– repercusión en tu status militar o de inmigración

– repercusión en tu empleo, licenciatura profesional o custodia de niños

Informa a abogado cualquier circunstancia confidencial. Asegúrate de informarle si llevas una relación con alguien quien no quieras que se entere de tu arresto.

Pregúntale:

¿Se pueden desestimar los cargos por la conducta del policía?

¿Tendré un archivo criminal? ¿Hay programas para evitar tal cosa?

¿Podré limpiar mi archivo en algún momento? ¿Será sellado el expediente?

¿Tendré que tomar tiempo de mi trabajo para ir al tribunal?

Consigue apoyo. Llama a líneas telefónicas de servicio anónimas para hacer preguntas y contar tu experiencia. Contacta con Lambda Legal y con otros grupos locales, ya sean de abogacía ya contra la violencia.

Algunos recursos legales en Puerto Rico:

Servicios Legales de Puerto Rico http://www.servicioslegales.org 787.728.5070 | 1.800.981.5342

Bufete que brinda representación gratuita a personas de escasos recursos ante el sistema judicial en casos de orden civil.

LexJuris de Puerto Rico http://www.lexjuris.com

Portal de todas las leyes y jurisprudencia.

Organizaciones contra el discrimen a las comunidades LGBT

Puerto Rico Para Tod@s http://www.prparatodos.org 787.602.5954 info@prparatodos.org

Clínica de Asistencia Legal, UPR Río Piedras 787.999.9570/95 71

Lcda. Ada Conde Vidal 787.721.0401

Comisión Contra el Discrimen por Orientación Sexual e Identidad de Género, Colegio de Abogados

Comisión de Derechos Civiles http://www.cdc.gobierno.pr 787.764.8686 | 1.800.981.4144

Abogados:

Lcdo. Osvaldo Burgos 787.751.0681/0621

Lcdo. Ricardo Ramírez 787.250.6844

Lcdo. Manuel Clavell 787.627.7448

Dr. José García 787.629.2299

Comité Contra la Homofobia y Discrimen, UPR Río Piedras contralahomofobiapr@gmail.com

Ley contra los crímenes de odio. La Ley n.º 46 (Proyecto de la Cámara, 961), del 4 de marzo de 2002, enmienda la Regla 171 de las Reglas de Procedimiento Criminal de 1963, según enmendadas, a los fines de adicionar un apartado (r) al inciso A del tercer párrafo, para considerar como circunstancia agravante el hecho de que un delito se haya cometido motivado por prejuicio hacia la víctima.

Se podrán considerar como circunstancias agravantes, entre otras, las siguientes:

(A) hechos relacionados con la comisión del delito y con la persona del acusado incluyendo entre otros:

(r) El delito fue cometido motivado por prejuicio hacia y contra la víctima por razón de raza, color, sexo, orientación sexual, género, identidad de género, origen, origen étnico, status civil, nacimiento, impedimento físico y/o mental, condición social, religión, edad, creencias religiosas o políticas.

Para propósitos de establecer motivo como se dispone en este inciso, no será suficiente probar que el acusado posee una creencia particular, ni probar que el acusado meramente pertenece a alguna organización particular.

Fuente: Puerto Rico Para Tod@s (Facebook)


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